A lo que hayas estado algo pendiente de las noticias estas últimas semanas, habrás leído que por fin son ilegales las llamadas comerciales que no cuenten con el consentimiento expreso de quien las recibe. Sin embargo, ya te adelanto que no. Que ni van a parar, ni las vas a recibir con menos frecuencia, ni las vas a poder reportar.
Las empresas multinacionales suelen tener departamentos legales bastante buenos. Saben que tienen que estar preparados ante cualquier desafío jurídico, como es el caso de esta prohibición. ¿Qué sería de una compañía telefónica sin sus llamadas a la hora de la siesta? No tienen intención alguna de parar, y no tienen por qué hacerlo.
Cuidado con los contratos de telefonía
Empecemos hablando del consentimiento expreso. Esta cláusula indica que si el sujeto acepta recibir una llamada comercial, esta es perfectamente válida. Es decir, que si tú entras en la web de cualquiera de estas empresas y rellenas el típico formulario de “llamadme vosotros”, pueden hacerlo. Es lógico. Pero esa no es la única forma de prestar consentimiento. Es más, si tienes un contrato de telefonía móvil, lo más probable es que hayas consentido a múltiples llamadas comerciales, y no te hayas dado ni cuenta.
Cuando firmas lo que en mi campo se conoce como un contrato de servicios de comunicaciones de telefonía fija, telefonía móvil y acceso a internet, es probable que este incluya una cláusula en el que autorizas tanto a la empresa proveedora como al resto de empresas que conforman su grupo a contactarte con ofertas comerciales.
Es decir, que si firmas un contrato con Movistar, es probable que hayas autorizado que empresas como O2 y otras pertenecientes a Telefónica puedan llamarte. ¿Puedes hacer algo al respecto? No. Porque has dado tu “consentimiento expreso”. Esta cláusula podría haberse redactado algo mejor para evitar algo así. De todos modos, en el fondo no importa que hayas consentido o no. Te van a llamar igual. Tiene que ver con el ámbito de aplicación de la ley.
La clave está fuera de la Unión Europea
Como es lógico, una ley en España puede, como mucho, ser de aplicación en la totalidad del territorio nacional, pero no se puede imponer su cumplimiento en Colombia, por ejemplo, donde nos encontramos bastantes call centers que acaban subcontratando las empresas de aquí para poder hacer caso omiso a esta prohibición. Te explico cómo funciona la operativa.
Cuando una empresa española contrata los servicios de un call center ubicado en cualquier país fuera de la Unión Europea —que contempla multas de hasta dos millones de euros—, puede generar una situación que le exima de cumplir la norma en España, porque no son ellos quienes hacen las llamadas, ni quien las hace está aquí. A la empresa española solo se le puede exigir que se cerciore de que el call center cumpla con la norma. Y eso lo hace. ¿Cómo? Firmando un contrato.
Supongamos que yo tengo una empresa de telefonía móvil en España. Acabo de enterarme de la prohibición de las llamadas comerciales no autorizadas, y quiero poder seguir haciéndolas porque suponen un buen porcentaje de los ingresos totales de mi compañía todos los años. Lo que haré será contactar con una empresa en, por ejemplo, Colombia, que ofrezca un servicio de call center.
El fraude de ley está a la orden del día
Para cubrirme las espaldas, firmaré con dicha empresa un contrato en su país y no en España en el que se incluya una cláusula que diga que solo pueden hacer llamadas a personas que hayan consentido de manera expresa a ellas. Y aquí está la trampa: en el mismo momento le diré a la empresa, sin dejarlo por escrito, que llamen a quien quieran. Haya consentido o no.
De este modo, cuando alguien presente una demanda en España por recibir llamadas comerciales no consentidas, alegaré que se trata de un claro incumplimiento del contrato que yo he firmado en Colombia con la empresa colombiana.
Podré llevarle al juez una copia de mi contrato en el que se especifica claramente que el call center solo estaba autorizado a llamar a aquellas personas que hubiesen consentido a la llamada. El juez no podrá hacer nada. Primero porque yo he cumplido con lo que me era legalmente exigible, y segundo porque el contrato de servicios con el call center está firmado en Colombia, que está fuera de su jurisdicción.
Cuando reciba unas cuantas demandas y la Justicia empiece a sospechar de lo que estoy haciendo, romperé el contrato con esa empresa y firmaré con otra de las miles que hay. Así podré alegar que traté de solucionarlo pero que he tenido mala suerte. Y si en algún momento, aunque sea demasiado improbable, recibiese una multa, la pagaría sin problema, porque con toda la operativa habría ganado mucho más dinero de lo que costaría afrontarla. Aquí todos ganan. Menos tú, claro.
Como puedes ver, las llamadas de spam ni se han acabado ni se van a acabar. Vas a seguir recibiéndolas con la misma frecuencia de antes, aunque es posible que esta nueva ley eche para atrás a alguna que otra empresa. De todos modos, siempre hay filtros anti-spam que puedes instalar en tu iPhone y que hacen un buen trabajo.
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